LAS MASCARILLAS SON OBLIGATORIAS EN ESPACIOS CERRADOS DE USO PÚBLICO Y ESPACIOS ABIERTOS SI NO SE PUEDE MANTENER UNA DISTANCIA DE SEGURIDAD DE 2 M

USO OBLIGATORIO MASCARILLA INSAGRAM

LAS MASCARILLAS SON OBLIGATORIAS EN ESPACIOS CERRADOS DE USO PÚBLICO Y ESPACIOS ABIERTOS SI NO SE PUEDE MANTENER UNA DISTANCIA DE SEGURIDAD DE 2 M

A partir de hoy jueves, entra en vigor la Orden Ministerial SND/422/2020, de 19 de mayo (recogida en el BOE de ayer 20 de mayo), por la cual se hace obligatorio el uso de mascarillas en cualquier espacio cerrado de uso público y en espacios abiertos al aire libre, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros:

«Así, mediante la presente orden se dispone, con carácter general, el uso obligatorio de mascarillas en personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros, siendo recomendable su uso para la población infantil de entre tres y cinco años.

Se excepcionan de esta obligación a aquellas personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por la utilización de la mascarilla y a aquellas cuyo uso se encuentre contraindicado por motivos de salud o discapacidad. Asimismo, su uso no será exigible en el desarrollo de actividades que resulten incompatibles, tales como la ingesta de alimentos y bebidas, así como en circunstancias en las que exista una causa de fuerza mayor o situación de necesidad."

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